La Aduana General de la República de Cuba ha anunciado la continuación de los beneficios asociados al envío de equipaje no acompañado hacia la isla caribeña. A través de una nota en Facebook, se ha comunicado que estos beneficios se mantendrán vigentes hasta el 30 de junio de 2024, permitiendo la importación exenta del pago del impuesto aduanero de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos para uso personal.
Según la entidad aduanera, es fundamental que los productos importados como equipaje no acompañado se presenten separados del resto del equipaje y cumplan con un límite de 500 USD o un peso equivalente de 50 kg.
¿Qué implica el concepto de equipaje no acompañado? Para que un envío se considere como «no acompañado», deben cumplirse ciertas condiciones, entre las que se destacan:
- Llegada o salida antes o después de la fecha del viaje del pasajero.
- Pertinencia al viajero que efectivamente ha viajado a Cuba.
- Embarque en el mismo país de origen del viajero.
- Despacho o embarque en el país de origen por el pasajero o en su nombre.
- Consignado al propio pasajero.
- No haber transcurrido más de treinta (30) días desde la fecha de llegada al país del pasajero, si el viaje es por vía aérea, ni más de sesenta (60) días si es por vía marítima.
La Aduana de Cuba enfatiza que si no se cumplen estas condiciones, la carga no clasificará como equipaje no acompañado y recibirá un tratamiento distinto.
Además, es importante tener en cuenta que el valor de los artículos importados como equipaje no acompañado se incluye en el límite máximo permitido de mil pesos a la llegada a Cuba.
La medida ha generado diversos comentarios entre los cubanos, algunos expresando la necesidad de una mayor extensión de los beneficios, especialmente debido a la escasez de medicamentos y alimentos en el país. Sin embargo, la disposición actual se mantendrá hasta la fecha establecida, ofreciendo un alivio temporal para los viajeros hacia Cuba.