Después de un largo proceso de consultas y ajustes, finalmente entra en vigor la actualización de la política de comercialización de vehículos en Cuba, anunciada en julio pasado por el Primer Ministro Manuel Marrero Cruz durante una sesión de la Asamblea Nacional. Aunque inicialmente se esperaba su implementación para octubre o noviembre, la complejidad del tema y las consultas con diversos organismos retrasaron su publicación. Ahora, con las normativas en mano, es momento de explorar qué trae esta nueva regulación.
Publicación oficial y normativa integral
Hoy, 30 de diciembre de 2024, la Gaceta Oficial Ordinaria número 128 ha publicado en detalle las normativas que regirán esta política. Entre ellas destacan el Decreto Ley 101/24, el Decreto 119/24, y resoluciones de varios ministerios como Transporte, Finanzas y Precios, Comercio Interior, y la Aduana General de la República. Este marco legal tiene como objetivo principal facilitar el acceso a medios de transporte, modernizar la flota vehicular del país y generar fondos para el transporte público y su infraestructura, con un enfoque en energías renovables.
Principales cambios en la política de comercialización de vehículos
La nueva normativa introduce varias medidas clave que buscan atender tanto las necesidades de los ciudadanos como las prioridades estatales. A continuación, algunos de los puntos más relevantes:
- Precios en moneda libremente convertible (MLC): Los precios de los vehículos serán iguales para personas jurídicas y naturales, con una reducción en los costos actuales para estas últimas.
- Transmisión de propiedad: Se autoriza la transferencia de vehículos entre personas naturales y jurídicas, excepto en casos específicos como entidades estatales o diplomáticas.
- Mercado en moneda nacional (CUP): Los vehículos en buen estado que se desactiven de la renta turística estarán disponibles en CUP para cubrir prioridades estatales y sociales, así como para estímulos en diferentes sectores.
- Impuestos ajustados: Se introduce un impuesto especial progresivo, aplicable según el tipo de vehículo y la cantidad adquirida. Por ejemplo, los vehículos eléctricos ensamblados en Cuba estarán exentos, mientras que los de gama alta enfrentarán un impuesto del 35 %.
Más opciones de importación y comercialización
Las nuevas normas también amplían las alternativas de importación y compra:
- Ciclomotores y motocicletas: Se permitirá importar motocicletas de hasta 250 cc, híbridas o de combustión interna, por diferentes vías como pasajeros o envíos.
- Triciclos eléctricos: Se autoriza la importación de modelos con capacidad superior a dos plazas o con espacio de carga.
- Vehículos para misiones oficiales: Personas que hayan cumplido misiones oficiales en el exterior por más de dos años podrán importar un vehículo de forma única.
- Vehículos de renta recuperables: Los autos con baja técnica que puedan ser reparados estarán disponibles para la venta en CUP.
Límites de adquisición y enfoque sostenible
Para evitar la concentración de recursos, se establece un límite de seis vehículos por persona en un periodo de cinco años, con excepción de los eléctricos y sus fuentes de carga, que no tendrán restricciones. Este enfoque busca estimular el uso de vehículos sostenibles y fomentar la producción y ensamblaje nacional.
¿Qué significa esto para los cubanos?
Con esta actualización, el gobierno busca responder a una demanda de años: mejorar el acceso a vehículos y diversificar las opciones de transporte. A la vez, se pretende generar recursos para el desarrollo del transporte público, un sector que requiere urgente atención. Además, el énfasis en los vehículos eléctricos y las energías renovables marca un paso hacia una movilidad más sostenible.