En la Gaceta Oficial de la República de Cuba No.124 del 2024 se publicó el Decreto-Ley 86 que regula la Caja de Resarcimientos junto con un nuevo reglamento dictado por la Resolución 438 del Ministerio de Justicia. Este marco legal introduce cambios significativos en la gestión de la entidad, enfocándose en la reparación económica a las víctimas de actos delictivos.
¿Qué es la Caja de Resarcimientos?
La Caja de Resarcimientos es una entidad subordinada al Ministerio de Justicia que actúa como intermediaria para garantizar que las víctimas de delitos reciban las compensaciones establecidas por las resoluciones judiciales. Su funcionamiento se rige por los principios de autofinanciamiento y territorialidad, permitiéndole operar a nivel local para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones.
Obligaciones para herederos y víctimas
Uno de los puntos más destacados del decreto es que, en caso de fallecimiento del sancionado, los herederos legales estarán obligados a saldar las deudas pendientes. Esta disposición, respaldada por la legislación civil cubana, busca evitar que las víctimas queden sin la reparación económica que les corresponde.
Por otro lado, si la víctima fallece, sus herederos tienen derecho a recibir los pagos, siempre y cuando se acrediten legalmente como tales mediante una copia certificada. Este requisito garantiza transparencia y formalidad en los procesos de compensación.
¿De dónde provienen los recursos?
La Caja de Resarcimientos se financia a través de diversas fuentes, entre las que se incluyen:
- Pagos de los sancionados.
- Multas impuestas por la justicia.
- Bienes decomisados.
- Recargos por mora.
Además, la entidad tiene la capacidad de embargar bienes, salarios u otros activos en caso de incumplimiento por parte del obligado. No obstante, la sostenibilidad de la Caja enfrenta desafíos, ya que algunas de sus dependencias provinciales presentan insolvencia, lo que dificulta el pago a las víctimas.
Prioridades en el pago de compensaciones
En situaciones donde los recursos de la Caja sean insuficientes, el reglamento establece que se dará prioridad a:
- Pensiones vencidas.
- Deudas con víctimas en situación de extrema necesidad.
Esta medida busca atender primero los casos más urgentes, aunque sigue dependiendo de la disponibilidad de fondos, un aspecto que ha sido cuestionado debido a la crisis económica que afecta al país.
Recargos y consecuencias por incumplimiento
El Decreto-Ley 86/2024 introduce penalizaciones económicas para los sancionados que no cumplan con sus responsabilidades civiles en los plazos establecidos. Los recargos incluyen:
- Un 10% adicional sobre el monto total adeudado como penalización inicial.
- Un 2% por cada cuota incumplida en convenios de pago.
Si persiste el incumplimiento, la Caja puede proceder al embargo de bienes, salarios o derechos patrimoniales del sancionado. Para ello, notifica al empleador o entidad responsable, que deberá realizar las retenciones correspondientes y enviarlas a la Caja en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Las personas afectadas por las decisiones de la Caja pueden presentar quejas ante su Oficina Central, la cual tiene diez días hábiles para ofrecer una respuesta fundamentada. Este proceso busca brindar una vía para resolver discrepancias, aunque sigue siendo limitado por la capacidad operativa de la entidad.