Tribunal de Estados Unidos anula multa de 400 millones de dólares a compañías de cruceros que utilizaron en Cuba propiedades que fueron confiscadas por la dictadura después de 1959

Redacción

Denuncian al Gobierno cubano por la explotación de marinos en cruceros de lujo internacionales

Un tribunal federal de apelaciones en Atlanta ha anulado una multa que obligaba a varias líneas de cruceros a pagar más de 400 millones de dólares. Estas compañías, entre las que se incluyen Carnival, Norwegian, Royal Caribbean y MSC Cruises, fueron acusadas de “traficar” con propiedades confiscadas en Cuba por el régimen de Fidel Castro. La controversia se centraba en el uso de las instalaciones portuarias en La Habana, que fueron nacionalizadas sin compensación en 1960.

La demanda, iniciada en 2019, buscaba justicia para Havana Docks, una empresa estadounidense que perdió su derecho de explotación sobre los muelles cubanos. En 2022, la jueza federal Beth Bloom falló a favor de Havana Docks, sentenciando que las compañías de cruceros habían incurrido en “turismo prohibido” al utilizar estos muelles sin autorización. La jueza ordenó un pago de 439 millones de dólares en concepto de daños, amparándose en el Título III de la Ley Helms-Burton, que permite demandas por el uso comercial de propiedades confiscadas en Cuba.

Sin embargo, en un giro inesperado, el Tribunal de Apelaciones del 11º Circuito revocó esta decisión. Según el fallo emitido por dos de los tres jueces que participaron en la audiencia, Havana Docks no tenía “propiedad absoluta” sobre las instalaciones en cuestión. El tribunal determinó que la concesión que otorgaba el derecho a operar los muelles había expirado en 2004, mucho antes de que los cruceros comenzaran a operar en Cuba entre 2016 y 2019.

Los jueces William Pryor y Adalberto Jordán argumentaron que si bien Havana Docks podría reclamar por la pérdida de su derecho de explotación, no poseía un interés perpetuo sobre la propiedad. Esto significa que el uso de los muelles por parte de las líneas de cruceros no puede considerarse “tráfico” bajo el Título III de la Ley Helms-Burton, ya que este derecho había caducado antes de que se produjera el presunto uso indebido.

En contraste, el juez Andre L. Brasher emitió una opinión disidente. Argumentó que el análisis del tribunal era “contrafáctico”, ya que suponía un escenario en el que la confiscación de las propiedades nunca hubiera ocurrido. Según Brasher, la ley Helms-Burton no exige demostrar un interés actual sobre la propiedad para poder presentar un reclamo, lo que convierte el fallo en una interpretación limitada de la ley.

El caso aún no está cerrado. La firma legal que representa a Havana Docks ha expresado su desacuerdo con la decisión y ha señalado que aún podrían apelar el fallo ante el pleno del tribunal o incluso llevar el caso ante la Corte Suprema de los Estados Unidos. Afirman que la propiedad fue robada por el régimen cubano y que este hecho no debe ser minimizado.

Este fallo también podría tener repercusiones significativas en otros litigios relacionados con propiedades confiscadas en Cuba. Desde que el Título III de la Ley Helms-Burton fue activado en 2019 bajo la administración de Donald Trump, se han presentado unas 44 demandas, aunque muy pocas han sido exitosas. Muchas de estas demandas han enfrentado obstáculos legales relacionados con la jurisdicción o la validez de las reclamaciones de propiedad, lo que ha llevado a la desestimación de varios casos.

Empresas como American Airlines, Amazon y Pernod Ricard también han sido demandadas bajo el Título III de la ley, pero hasta ahora, los demandantes no han obtenido victorias significativas. La decisión del Tribunal de Apelaciones en este caso podría influir en el futuro de estos litigios, especialmente en lo que respecta a las expectativas de éxito para quienes buscan justicia por las propiedades confiscadas por el régimen cubano desde 1959.

El futuro de estas demandas es incierto, pero una cosa es clara: el fallo reciente representa un golpe para quienes esperan recuperar lo perdido tras la expropiación de propiedades en Cuba.