¿Viajas a Cuba con dólares? Estas son las regulaciones del Banco Central que debes conocer

Redacción

El Banco Central de Cuba, a través de su Resolución No. 124/2020, ha implementado un marco regulatorio actualizado para la entrada y salida de moneda libremente convertible (MLC) en el país. Esta medida busca no solo modernizar las normativas financieras del país, sino también alinear sus prácticas con los estándares internacionales en materia de control financiero y seguridad.

Objetivos de la Nueva Normativa

El propósito principal de esta regulación es fortalecer los controles sobre las operaciones financieras, asegurando que todas las actividades relacionadas con el movimiento de capitales en el país sean completamente legales. Con esta resolución, Cuba busca cumplir con sus compromisos internacionales en la lucha contra el lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y otros delitos financieros que puedan poner en riesgo la estabilidad económica y la seguridad del país.

Libertad para Importar Moneda Extranjera

Una de las disposiciones destacadas de la Resolución No. 124/2020 es la libertad otorgada a las personas naturales para importar moneda libremente convertible. Esto incluye no solo el efectivo, sino también otros instrumentos de pago internacionales como cheques, letras de cambio y pagarés. Esta flexibilización permite una mayor movilidad de fondos, facilitando las actividades económicas y financieras tanto de ciudadanos cubanos como de visitantes internacionales.

Límites en la Entrada de Dinero: Lo que Debes Declarar

Si bien las personas pueden ingresar a Cuba con MLC, hay límites que deben ser respetados para evitar problemas con las autoridades. Cualquier viajero que entre al país con más de 5000 dólares estadounidenses, o su equivalente en otras monedas, está obligado a declarar dicha suma ante la Aduana General de la República. Esta medida tiene como finalidad monitorear grandes movimientos de capital que pudieran estar vinculados con actividades ilícitas, como el lavado de dinero o el financiamiento de actos delictivos.

En cuanto a la salida de dinero del país, la resolución permite a las personas naturales llevar consigo hasta 5000 dólares estadounidenses o su equivalente en otras MLC sin necesidad de hacer una declaración previa. Sin embargo, aquellos que deseen sacar más de 5000 dólares deben obtener una autorización del Banco Central de Cuba. Esta solicitud debe ir acompañada de documentos que acrediten el origen lícito de los fondos. El Banco Central se compromete a tramitar esta autorización en un plazo máximo de siete días hábiles, y su decisión es comunicada tanto al solicitante como a la Aduana.

La normativa también incluye disposiciones para prevenir y controlar posibles evasiones de estas regulaciones. Si los funcionarios de la Aduana detectan a una persona que realiza importaciones o exportaciones de MLC de forma repetida, y esto genera sospechas sobre el origen o destino de los fondos, se solicitará información adicional para aclarar la situación. En casos de incumplimiento de las normativas, los individuos pueden enfrentar la confiscación de su dinero y posibles sanciones civiles o penales.

Consecuencias por No Cumplir con las Normativas

El incumplimiento de estas regulaciones no es tomado a la ligera por las autoridades cubanas. Aquellos que no sigan las normas establecidas por la Resolución No. 124/2020 pueden verse enfrentados a la confiscación de su dinero y, en casos más graves, a acciones legales. Estas medidas buscan disuadir a cualquier persona de intentar evadir los controles financieros del país y asegurar que los flujos de capital sean transparentes y estén justificados.