¡Cubanos! Descubre si puedes viajar a EE.UU. con la visa J, ahora disponible en La Habana

Redacción

A partir del 19 de agosto de 2024, la embajada de Estados Unidos en La Habana comenzará a procesar siete nuevas categorías de visas de no inmigrante, incluyendo la visa J. Este es un momento clave para los cubanos que buscan nuevas oportunidades de viajar a Estados Unidos bajo este tipo de visado, que permite la participación en diversos programas de intercambio cultural y educativo.

La visa J está diseñada para que los no inmigrantes puedan participar en programas de intercambio aprobados por el Departamento de Estado de EE.UU. Estos programas abarcan una amplia gama de actividades, incluyendo la enseñanza, el estudio, la investigación y la capacitación en diversas disciplinas. El objetivo principal de la visa J es promover el intercambio de conocimientos y experiencias en áreas como la educación, las artes y las ciencias, fortaleciendo así los lazos culturales entre Cuba y Estados Unidos.

El Departamento de Estado de EE.UU. designa tanto a entidades públicas como privadas para que actúen como patrocinadores de estos programas de intercambio. Estos patrocinadores son responsables de guiar a los solicitantes en el proceso de obtención de la visa J-1, lo que incluye la emisión del Formulario DS-2019, conocido como el Certificado de Elegibilidad para el Estatus de Visitante de Intercambio. Este documento es crucial para iniciar el trámite de la visa y debe ser emitido antes de solicitarla en la embajada o consulado.

¿Quiénes Pueden Solicitar la Visa J para EE.UU.?

La visa J abarca varias categorías, cada una adaptada a diferentes tipos de programas de intercambio cultural y educativo. Entre las principales categorías están:

  1. J-1 Estudiantes de colegio secundario: Dirigida a estudiantes que desean cursar estudios en escuelas secundarias de EE.UU. como parte de un programa de intercambio.
  2. J-1 Estudiantes universitarios: Para aquellos matriculados en universidades o colleges estadounidenses.
  3. J-1 Profesores: Académicos que imparten clases o conferencias en instituciones educativas de EE.UU.
  4. J-1 Investigadores académicos: Investigadores que colaboran en proyectos en instituciones académicas o laboratorios en Estados Unidos.
  5. J-1 Especialistas: Expertos internacionales que comparten sus conocimientos en EE.UU.
  6. J-1 Médicos: Médicos que participan en programas de residencia o estudios avanzados en hospitales estadounidenses.
  7. J-1 Internos y Aprendices: Para estudiantes o profesionales que buscan adquirir experiencia práctica o capacitación en empresas de EE.UU.
  8. J-1 Au pairs y Consejeros de campamento: Jóvenes que viven con familias estadounidenses y cuidan de sus hijos o lideran actividades recreativas en campamentos de verano.
  9. J-1 Visitantes de negocios y gobierno: Funcionarios o personas de negocios que participan en programas de intercambio enfocados en temas comerciales o administrativos.
  10. J-1 Maestros: Para maestros internacionales que enseñan en escuelas primarias y secundarias de EE.UU.
  11. J-1 Visitantes de investigación a corto plazo: Investigadores que colaboran en proyectos por un período corto, generalmente menos de seis meses.
  12. J-1 Becarios gubernamentales: Invitados por el gobierno de EE.UU. para actividades relacionadas con la educación, investigación o intercambio cultural.

En enero de 2022, se implementaron nuevas medidas para incrementar el flujo de talento en los campos de STEM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas). Esta iniciativa facilita el intercambio de investigadores y profesionales en estos sectores, ofreciendo mayores oportunidades para aquellos cubanos que deseen avanzar en sus carreras en estas áreas.

Requisitos y Proceso de Solicitud

Para solicitar una visa J, es esencial haber sido aceptado en un programa de intercambio aprobado por el Departamento de Estado de EE.UU. Además, los solicitantes deben demostrar que tienen la intención de regresar a Cuba una vez finalizado el programa. El proceso incluye una entrevista consular y la demostración de que se poseen fondos suficientes para cubrir los gastos durante la estadía en Estados Unidos.

Es crucial que los interesados trabajen estrechamente con los funcionarios responsables (RO o ARO) de su agencia patrocinadora, quienes les orientarán sobre la documentación necesaria para la solicitud de la visa. Una vez obtenido el Formulario DS-2019, el siguiente paso es solicitar la visa J-1 en la embajada o consulado de EE.UU. Dado que los tiempos de espera para las entrevistas pueden variar, es recomendable iniciar el proceso lo antes posible.

¿Se Puede Trabajar en EE.UU. con una Visa J?

Sí, es posible trabajar en EE.UU. con una visa J-1, pero solo bajo las condiciones específicas del programa de intercambio. El empleo debe estar directamente relacionado con las actividades del programa, como la enseñanza, la investigación o las prácticas profesionales, y debe ser autorizado por el patrocinador del programa. En algunos casos, es posible realizar trabajos no relacionados, pero siempre se requiere un permiso explícito del patrocinador.

Familiares de Beneficiarios con Visa J Pueden Viajar a EE.UU. con una Visa J-2

Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden solicitar la visa J-2, lo que les permite acompañar al titular de la visa J-1 en Estados Unidos. Los cónyuges también pueden solicitar autorización de empleo mediante el Formulario I-765, aunque sus ingresos no pueden ser utilizados para apoyar al titular de la visa J-1.