En este artículo te proporcionaremos información esencial sobre cómo solicitar pasaportes para menores de edad y su proceso de salida de Cuba.
En mayo pasado, el gobierno cubano implementó nuevas medidas migratorias que ampliaron la validez de los pasaportes a 10 años para adultos (mayores de 16 años) y a cinco años para menores.
Como podrás notar, el período de vigencia del pasaporte cubano se reduce a la mitad para los menores. Esto se debe a que hasta los 16 años, se considera que el rostro experimenta cambios significativos y, por lo tanto, es necesario reducir el período de emisión del pasaporte debido a estas variaciones físicas.
Aunque el costo del pasaporte cubano no ha cambiado en la isla (2500 CUP), se estableció una tarifa para su solicitud en embajadas y consulados de 180 USD/Euros para mayores de 16 años y 140 USD/Euros para menores de edad.
En cuanto a las regulaciones para menores de edad, el jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Minint, el coronel Mario Méndez Mayedo, aclaró que no se han modificado los requisitos existentes. Esto significa que los menores de edad aún deben contar con el consentimiento de ambos padres para salir de Cuba.
Para aquellos casos en los que uno o ambos padres no estén de acuerdo, la Instrucción 279 del Tribunal Supremo ofrece orientación sobre los obstáculos que puedan surgir y los procedimientos a seguir. Esto permite garantizar la salida del menor bajo ciertos requisitos.
Para ello, los padres o tutores legales deben acudir al tribunal y exponer los motivos de su oposición a la salida de Cuba de sus hijos. Una vez que se emita una resolución judicial, se enviará una notificación con las disposiciones correspondientes a la oficina de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE).
Para solicitar el pasaporte cubano de un menor, se deben presentar los siguientes documentos:
- La Tarjeta de Menor actualizada.
- Sellos de timbre por el valor del documento.
- Autorización de los padres o representantes legales pertinentes, debidamente formalizada ante un Notario Público.
En caso de residir en el extranjero, la solicitud debe realizarse ante la representación diplomática o consular de Cuba en ese país utilizando un formulario oficial.