Toda persona mexicana o extranjera con residencia temporal, de residencia temporal estudiante, o residencia permanente, tiene el derecho a la preservación de la unidad familiar, por lo que podrá solicitar una visa para una persona extranjera con quien acredite vínculo familiar.
La Visa por Unidad Familiar podrá ser tramitada por los familiares de la persona extranjera, en:
- El Instituto Nacional de Migración (INM) en México. Este trámite se debe iniciar en México ante el Instituto Nacional de Migración (INM), por el promovente. Una vez que el familiar mexicano o residente temporal o permanente en México, cuente con la aprobación y el Número Único de Trámite (NUT), se podrá programar cita en el Consulado General de México, para la entrevista consular de su familiar y, en su caso, la emisión de la visa.
- Las oficinas consulares de México en el exterior. Únicamente aplica la solicitud por unidad familiar en una oficina consular de México en el exterior, en caso de que la persona extranjera residente temporal o residente permanente o el mexicano se encuentre fuera del país y acompañe a su familiar al momento de presentar la solicitud de visa en el Consulado.
Requisitos
Paso 1: Reunir la documentación para solicitar autorización de Visa por Unidad Familiar con permiso previo del Instituto Nacional de Migración (con NUT)
A continuación, se presentan los requisitos necesarios para solicitar la autorización de Visa por Unidad Familiar, junto con el permiso previo del Instituto Nacional de Migración (INM). Estos documentos deben ser presentados tanto por el promovente (persona mexicana o residente en México) como por el familiar extranjero con quien se acredite el vínculo familiar, según corresponda:
- Identificación oficial vigente del promovente (persona mexicana): Se aceptan como documentos válidos el pasaporte, IFE/INE, cédula profesional, cartilla del servicio militar, matrícula consular, carta de naturalización o certificado de nacimiento mexicano, licencia de conducir vigente, o tarjeta de residencia vigente de la persona extranjera que acredita el vínculo y solicita la visa para su(s) familiar(es). Es necesario presentar tanto el original como una copia.
- Copia legible del pasaporte (o documento de identidad y viaje válido según el derecho internacional) vigente de la persona extranjera para la cual se solicita la visa. Se requiere una copia del documento.
- Documentos que acrediten el vínculo familiar del extranjero para quien se solicita la visa con la persona mexicana o extranjera residente temporal o permanente en México, según el caso:
- Si se trata del padre o madre del promovente:
- Acta de nacimiento del promovente. Se debe presentar tanto el original como una copia.
- Si se trata de un hijo del promovente:
- Acta de nacimiento de la persona extranjera para la cual se solicita la visa, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o esté bajo su representación legal, o sea mayor de edad pero esté en estado de interdicción y bajo su representación legal. Se requiere presentar tanto el original como una copia.
- Si se trata del cónyuge del promovente:
- Acta de matrimonio. Si la persona promovente es mexicana, debe presentar el acta de matrimonio mexicana. Se debe presentar tanto el original como una copia.
- Si la persona promovente ha tenido previamente un vínculo de matrimonio con otra persona, se debe presentar un documento emitido por la autoridad competente que indique la disolución o terminación del matrimonio. Se requiere presentar tanto el original como una copia.
- Si se trata de concubina o concubinario del promovente:
- Documento emitido por la autoridad competente en el país de origen o residencia de la persona extranjera para la cual se solicita la visa, o en el lugar donde se celebró el acto jurídico que demuestre que han vivido en forma constante y permanente en una relación común durante un mínimo de cinco (5) años. Se requiere presentar tanto el original como una copia.
- Si se trata de un hijo o hija del cónyuge, concubina o concubinario, siempre y cuando la persona extranjera para la cual se solicita la visa sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio, o sea mayor de edad pero esté en estado de interdicción y bajo su representación legal, se requiere:
- Acta de nacimiento de la persona para la cual se solicita la visa. Se debe presentar tanto el original como una copia.
- Si el padre o madre de la persona extranjera para la cual se solicita la visa acredita el vínculo con el promovente:
- Acta de matrimonio (si la persona promovente es mexicana, debe presentar el acta de matrimonio mexicana); o
- Documento emitido por la autoridad competente que indique la disolución o terminación del matrimonio, en caso de que la persona promovente haya tenido previamente un vínculo de matrimonio con otra persona. Se requiere presentar tanto el original como una copia.
- Copia del pasaporte o documento de identidad y viaje válido según el derecho internacional y vigente del cónyuge, concubina, concubinario o figura equivalente del promovente.
- Documento emitido por la autoridad competente en el cual el otro padre o madre del menor otorgue su consentimiento para que su hijo(a) resida en México. Se requiere presentar tanto el original como una copia.
- Si se trata de un niño, niña o adolescente cuya tutela o curatela esté a cargo del promovente:
- Documento emitido por la autoridad competente. Se requiere presentar tanto el original como una copia.
- Si se trata de un hermano o hermana del promovente:
- Acta de nacimiento del promovente y acta de nacimiento de la persona extranjera para la cual se solicita la visa, siempre y cuando la persona para la cual se solicita la visa sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio, o sea mayor de edad pero esté en estado de interdicción y bajo su representación legal. Se requiere presentar tanto el original como una copia.
- Si el promovente obtuvo la residencia permanente por refugio y solicita la visa para su cónyuge, concubinario, concubina, hijos, parientes consanguíneos hasta el cuarto grado o parientes consanguíneos del cónyuge, concubinario, concubina hasta el segundo grado:
- Documento que acredite el reconocimiento por derivación de la condición de refugiado para el familiar, emitido por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados. Se requiere presentar tanto el original como una copia.
- Comprobante de pago de los derechos correspondientes a la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización de la visa por unidad familiar. Se debe presentar tanto el original como una copia. Para conocer los costos exactos, es necesario consultar la información correspondiente.
IMPORTANTE:
- Todos los documentos públicos extranjeros (emitidos en Cuba), excepto el pasaporte o documento de identidad y viaje, deben estar apostillados o legalizados. Además, si están redactados en otros idiomas, es necesario presentar su traducción al español.
- La persona extranjera para la cual se solicita la visa no debe tener una solicitud de visa por unidad familiar pendiente de resolución presentada ante el Instituto Nacional de Migración.
- En caso de tener una solicitud de visa por unidad familiar pendiente de resolución, el promovente (familiar mexicano o residente temporal o permanente en México) debe solicitar su desistimiento antes de presentar una nueva solicitud.
- Es importante tener en cuenta que el INM puede solicitar otros documentos adicionales si lo considera necesario.
Paso 2: Completar el Formato de Solicitud de Trámite Migratorio de internación a México para autorización de Visa por Unidad Familiar
- El promovente deberá completar en línea el Formato de Solicitud de Trámite Migratorio de internación a México para autorización de Visa por Unidad Familiar. Debe proporcionar la siguiente información en el formulario:
- Datos del extranjero (según el pasaporte o documento de identidad): nombre, apellidos, sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad actual y estado civil.
- Lugar de nacimiento: país y provincia.
- Pasaporte o documento de identificación del extranjero: tipo de documento, número de documento, país de expedición, fecha de expedición y fecha de vencimiento.
- Información adicional del extranjero: actividad principal en el país de residencia y respuesta a las preguntas: ¿Has sido expulsado de México? ¿Tienes antecedentes penales?
- Visas previas del extranjero: en caso de que el extranjero haya tenido visas para viajar a México u otro país, deben ser indicadas en el formulario.
- Datos del solicitante con el vínculo familiar con el extranjero: clave única de registro de población (CURP), registro federal de contribuyentes (RFC), nombre(s), apellido(s), nacionalidad actual, tipo de documento, número de documento, y vínculo o parentesco con el extranjero.
- Domicilio de la persona física: código postal, estado, municipio o alcaldía, colonia, calle, número exterior, número interior, lada (código de marcación de cada ciudad) y teléfono fijo.
- Correo electrónico para recibir notificaciones relacionadas con el trámite.
- En caso de haber una persona autorizada para tramitar, oír o recibir notificaciones en nombre del promovente, se debe agregar esa información con los documentos de identificación correspondientes.
- Comentarios: Listar los documentos que se adjuntarán a la solicitud. Cada documento debe estar enumerado en una línea separada.
- Una vez completado el Formato en línea, debe guardarlo haciendo clic en el botón «Guardar». Luego, revise la información y, si es correcta, haga clic en el botón «SI» que aparece al final.
- Se le mostrará el número de pieza y clave de la solicitud registrada. Debe conservar estos datos para acceder a la impresión del Formato en el futuro.
- Para finalizar, puede imprimir el Formato haciendo clic en el botón «Imprimir ahora» o, si lo prefiere, puede acceder a la impresión de solicitudes posteriormente utilizando su número de pieza y clave.
- Una vez impreso el Formato, debe indicar la fecha y firmarlo con su firma autógrafa (la persona promovente que tiene el vínculo familiar con el extranjero).
IMPORTANTE:
- Todos los documentos que se adjuntarán a la solicitud deben ser indicados en el apartado «COMENTARIOS» del Formato de Solicitud de Trámite Migratorio en línea.
- Para generar su solicitud, desactive el bloqueador de elementos emergentes del explorador y asegúrese de tener instalado Acrobat Reader.
- El Formato de Solicitud de Trámite Migratorio de internación a México tiene una vigencia de 90 días naturales. Después de ese plazo, no podrá utilizarse y será necesario completar una nueva solicitud.
Paso 3: Presentar la solicitud de trámite migratorio de internación a México para autorización de Visa por Unidad Familiar
- El promovente debe presentar los requisitos indicados en el Paso 1 (asegurarse de contar con la documentación requerida) y el Formato de Solicitud de Visa por Unidad Familiar completado en línea (Paso 2) en una oficina de atención a trámites del Instituto Nacional de Migración más cercana a su domicilio o lugar de trabajo. Esto permitirá que su trámite sea registrado y se inicie formalmente su solicitud, así como su posterior resolución.
- Una vez presentados los requisitos y el Formato de solicitud completado en línea, la autoridad migratoria verificará el cumplimiento de los requisitos y revisará los antecedentes de la persona extranjera y del promovente que se encuentren en el Instituto.
- El INM examinará la documentación y emitirá una resolución de aprobación o negativa del trámite de solicitud. En caso de que la solicitud sea aprobada, la autoridad migratoria del Instituto Nacional de Migración en México notificará lo siguiente:
- Al promovente, que la persona extranjera solicitante puede gestionar una cita para la entrevista consular con el Número Único de Trámite (NUT) y, en su caso, la emisión de la visa. Es importante tener en cuenta que la autorización correspondiente tendrá una vigencia de 30 días hábiles, después de los cuales caducará y la persona extranjera no podrá continuar con el trámite de visa en la oficina consular.
- A la oficina consular, se enviará la autorización correspondiente, el tipo de visa que debe expedirse y se proporcionarán los elementos necesarios para llevar a cabo la entrevista consular.
IMPORTANTE:
- Todos los trámites deben realizarse de manera presencial en las Oficinas de Representación del Instituto Nacional de Migración competentes después de haber completado el formulario de solicitud en línea.
- El formulario debe presentarse únicamente en su versión original, mientras que los requisitos adjuntos deben presentarse en original y copia simple.
- Si el interesado desea recibir un acuse de recibo de presentación de la solicitud, debe adjuntar un documento con ese fin.
Paso 4: Programar una cita en el Consulado de México en Cuba
La persona extranjera debe comunicarse con el Consulado de México correspondiente para programar una cita para la entrevista consular dentro de un plazo de 30 días hábiles a partir del día siguiente a la notificación del oficio de autorización emitido por el Instituto Nacional de Migración.
A continuación, se detalla el procedimiento para obtener citas en el Consulado de México en Cuba:
Paso 5: Entrevista en el Consulado de México en Cuba
Para la entrevista consular, el extranjero que ha recibido la aprobación de su solicitud de visa por unidad familiar para reunirse con su familiar en México debe asistir personalmente en la fecha y hora asignadas para entregar la documentación requerida y llevar a cabo la entrevista consular.
Se deben presentar los siguientes documentos:
- Formulario de solicitud de expedición de visa debidamente completado, firmado (por el extranjero) y con una fotografía a color adherida en el espacio designado para ello. La fotografía debe tener un tamaño de 32.0 mm x 26.0 mm como mínimo y 39.0 mm x 31.0 mm como máximo. La imagen debe mostrar el rostro descubierto, de frente, sin anteojos, con fondo blanco e impresa en papel fotográfico.
En el caso de niñas, niños, adolescentes o personas sujetas a tutela jurídica, el formulario de solicitud de visa en la oficina consular debe ser firmado por ambos padres o por quien ejerza la patria potestad o tutela en presencia del funcionario o empleado consular. Si el padre, la madre o la persona que ejerza la patria potestad o tutela es el promovente de la solicitud ante el INM, no será necesario que firmen el formulario de solicitud de visa.
- Confirmación impresa de la cita para la entrevista realizada en la plataforma: https://citascuba.sre.gob.mx/
- Pasaporte original válido y copia de la página de datos personales, la última página y todas las páginas con visas o sellos estampados.
- Documento otorgado por el Instituto Nacional de Migración con el Número Único de Trámite (NUT), impreso.
- Copia de cualquier documento que respalde la solicitud de visa durante la entrevista consular. Por ejemplo:
- Certificados de registro civil (matrimonio, nacimiento, etc.) para demostrar vínculo o parentesco con el promovente en México.
- Fotocopia de la tarjeta de residencia temporal o permanente del extranjero promovente (anverso y reverso) o copia del pasaporte del ciudadano mexicano, según corresponda.
- En el caso de solicitudes para niñas, niños, adolescentes o personas sujetas a tutela jurídica, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Si el padre o la madre no se presentan físicamente en la oficina consular para obtener la visa de su hijo menor, deben presentar una autorización notarial del otro progenitor que confirme su consentimiento para obtener la visa mexicana. Si el padre, la madre o la persona que ejerza la patria potestad o tutela es el promovente ante el INM, no será necesaria su presencia en el Consulado ni requerirá una autorización notarial.
- En el caso de niñas, niños o adolescentes cuya patria potestad corresponda únicamente a uno de los padres según una sentencia judicial, se debe presentar una copia certificada del documento oficial que lo determine.
Cuando acudan solos o acompañados por un tercero mayor de edad, deben presentar un documento que contenga la autorización de ambos padres o de quienes ejerzan la patria potestad o tutela, para que se les pueda tramitar una visa mexicana y, en su caso, expedírsela. Esta obligación no aplica para el padre, la madre o la persona que ejerza la patria potestad o tutela que haya solicitado la autorización de visa ante el INM.
- Si la persona extranjera solicitante no es ciudadana del país donde solicita la visa, debe presentar el original y una copia del documento que acredite su estancia legal en dicho país.
- Pago de la tarifa de procesamiento de la visa (consultar los costos correspondientes).
IMPORTANTE:
- En caso de solicitudes para familias, todos los miembros deben asistir a la entrevista consular. En el caso de niñas, niños o adolescentes que no estén casados, estén bajo representación legal o sean mayores de edad con capacidad legal limitada o bajo representación legal, la entrevista se llevará a cabo con las personas que ejerzan la patria potestad o tutela.
- Los datos del extranjero deben coincidir con la información proporcionada por el Instituto Nacional de Migración y con los datos del pasaporte. Si existe algún error en el nombre, número de pasaporte, nacionalidad, fecha de nacimiento o lugar de nacimiento, no será posible emitir la visa. La introducción de esta información es responsabilidad del promovente y no se puede modificar en el Consulado.
- Los documentos redactados en otros idiomas deben ir acompañados de una traducción libre al español, siempre que la oficina consular pueda verificarla. En caso contrario, se deberá presentar una traducción jurada realizada por un traductor certificado.
- La entrevista consular debe realizarse dentro de los 12 días hábiles siguientes a la fecha en que la persona extranjera haya programado la cita.
Paso 6: Emisión de la visa
Si su solicitud es aprobada y se realiza el pago correspondiente (consulte los costos), el Consulado le proporcionará las instrucciones sobre la fecha y hora para la entrega de su pasaporte con la visa por unidad familiar estampada. El tiempo de procesamiento puede ser de hasta 10 días hábiles.
IMPORTANTE: Si el Consulado no requiere una verificación adicional por parte de la autoridad migratoria en México, es posible que se le entregue la visa el mismo día.
Paso 7: Entrada a México
El beneficiario extranjero de la visa por unidad familiar, ya sea para residencia temporal o permanente, debe realizar el trámite de canje ante el Instituto Nacional de Migración dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a su ingreso a México para obtener la tarjeta de residente correspondiente.
Costos
- Por la recepción, estudio y, en su caso, la autorización de la visa por unidad familiar en el Instituto Nacional de Migración (INM): $219.00 MXN. (Consulte las instrucciones para realizar el pago en las preguntas y respuestas).
- Por la tarifa de procesamiento de la visa en el Consulado de México en Cuba: $51.00 USD.
IMPORTANTE:
- La tarifa de procesamiento NO es reembolsable.
- El pago en el Consulado de México en Cuba se realiza el día de la cita y se aceptan únicamente tarjetas MLC, Visa o MasterCard.
Dónde presentar la solicitud
En línea:
- Para completar el Formato de Solicitud de Trámite Migratorio de internación a México para autorización de Visa por Unidad Familiar, acceda al siguiente enlace: https://www.inm.gob.mx/tramites/publico/solicitud_internacion.html
Presencial:
- Para presentar los requisitos y el formato de solicitud de trámite migratorio en el Instituto Nacional de Migración, diríjase a cualquiera de las 32 Oficinas de Representación del INM (consulte el enlace para obtener ubicación, datos de contacto y horarios) ubicadas en todo el territorio mexicano, de acuerdo con el domicilio del interesado o el lugar de trabajo, en caso de no coincidir en la misma circunscripción territorial de una oficina migratoria.
Para la entrevista y aprobación del visado en el Consulado de México en Cuba:
Dirección: Calle 12 No. 518 esq. 7ma Ave. Reparto Miramar, Municipio Playa, Provincia Ciudad de la Habana, Cuba. Teléfonos para información: +53 72047722 al 25 / 72042553 / 72040181
Horarios de atención
En las oficinas de atención del Instituto Nacional de Migración (INM): de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.
Tiempos de resolución
- Para la solicitud de visa por unidad familiar en el Instituto Nacional de Migración: 20 días hábiles.
- Para la entrevista consular y resolución del trámite: 10 días hábiles.