La noticia de que un auto de la marca Hyundai Accent de 2006 fue puesto en subasta pública en La Habana ha causado revuelo en las redes sociales y medios de comunicación. Pero, ¿qué hay detrás de esta subasta? ¿Cómo funciona el proceso judicial en Cuba y qué implica la subasta de bienes embargados?
De acuerdo con la información oficial, esta subasta forma parte de un proceso judicial de la sociedad mercantil española BLUE CAPITAL PARTNERS S.L contra la sociedad mercantil de Islas Vírgenes Británica, PLEATEX COMPANY INC. El monto de la tasación del vehículo es de 64, 051.03 pesos cubanos y las ofertas para su compra deberán ser por un valor igual o superior a esta cifra.
Pero, ¿cómo funciona el proceso de subasta en Cuba? Según el medio oficialista Tribuna de La Habana, cualquier persona interesada en adquirir el bien embargado puede participar en la subasta, siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos como ser mayor de edad y residir en la isla, aceptar la titulación existente sobre los bienes y acreditar el depósito de una fianza del 30% del valor de tasación.
Además, los posibles compradores deberán ser aprobados por el tribunal y depositar la fianza en una sucursal bancaria indicada por la entidad judicial, dentro de los cinco días posteriores a la autorización de la compra. Los compradores interesados en participar deben presentar sus solicitudes mediante escrito en la Sala de lo Mercantil, de lo Administrativo y del Trabajo y la Seguridad Social del Tribunal Provincial Popular de La Habana, ubicada en calle Teniente Rey entre Prado y Zulueta, La Habana Vieja, en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación del Edicto en la Tablilla de Avisos del tribunal.
Es importante destacar que, en esta subasta pública, no pueden participar trabajadores de los tribunales de justicias, ni los abogados personales del caso, según señala la convocatoria. Además, los interesados podrán examinar el vehículo tras una solicitud al tribunal actuante.
La subasta pública es una herramienta procesal para hacer efectiva la resolución judicial cuando implica la condena de pago de sumas monetarias y el deudor, sea una persona natural o jurídica, carece de ingresos y, por tanto, se acude al embargo de los bienes de su patrimonio, los que, de no ser interés del acreedor adquirir, se someten a la subasta pública, según aclara el Tribunal Provincial Popular de La Habana.