Muchas dudas se han suscitado en los últimos días sobre la cantidad de ingresos anuales necesarios para iniciar el proceso de patrocinio a los cubanos, ya que lo único aclarado es que los patrocinadores pueden ser ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes, inmigrantes protegidos con el Estatus de Protección Temporal (TPS) o asilados, que demuestren que pueden recibir, mantener y apoyar al beneficiario durante su estancia en el país bajo el programa.
«La ley requiere que el patrocinador demuestre un nivel de ingreso de como mínimo un 125% sobre el nivel federal de pobreza. Si su ingreso no cumple con los requisitos, se podría determinar su capacidad financiera de acuerdo a sus bienes, tales como las cuentas corrientes y de ahorros, las acciones, los bonos o las propiedades», precisa el Servicio de Inmigración de los Estados Unidos.
Según los datos actualizados del nivel de ingreso mínimo del nivel federal de pobreza se sitúa este año en los 13590 dólares para una persona, y se agregan 4700 dólares por cada persona que se desee patrocinar.
Por tanto, cualquier patrocinador que desee iniciar el proceso para un cubano en la isla debe tener un nivel de ingresos anuales ascendente a los 18310 dólares, para un segundo patrocinio 23030 dólares, para una tercera persona 27750 dólares, y así se siguen sumando 4700 dólares por cada persona que se agregue al listado.
USCIS recomienda a los patrocinadores que consideren bien la información financiera que tienen sobre sus activos que pueda ayudar a demostrar su idoneidad financiera.
Algunos ejemplos de medios económicos que se pueden incluir son: la declaración de impuestos federales sobre la renta, estados de cuenta bancarios, formulario W-2, declaración de salarios e impuestos, recibos de pago o declaraciones de pago de los últimos meses, y cualquier prueba de ingresos en su hogar u empresa.